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Resoluciones HTD (2017)


 RESOLUCIÓN Nº 01/2017
De fecha: 06/03/17

Pedido de conmutación de la pena de 2 fechas de suspensión por Multa de 4 AJC al jugador Bruno Mártire del Firmat FBC.-

Resolución:

Hacer lugar al pedido de Firmat FBC de conmutar la pena de 2 (dos) fechas de suspensión por 4 aranceles.-


 

RESOLUCIÓN Nº 02/2017
De fecha: 16/03/17

Pedido de conmutación de la pena de suspensión al jugador Martinez del Club Sportsman de Villa Cañas.-

Resolución:

Hacer lugar al pedido del Club Sportsman de Villa Cañas, de dar por cumplida la suspensión del jugador Martinez.-


 

RESOLUCIÓN Nº 03/2017
De fecha: 16/03/17

Partido: CENTENARIO F.C. vs. C.A.ARGENTINO (Firmat)

Autoridad informante: Fernando Sayago y Gerardo Benedetti

Informados: Jugadores de Centenario F.C.:  Sres. Franco Antonellini y Agustín Zanni. Jugador del C.A.Argentino (Firmat) Sr. Andrés Miguel. Entrenador de Centenario F.C.: Sr. Osvaldo Vilariño y los Sres. Matías Carpignano y Tomás Boyle.-

Resolución: De acuerdo al informe arbitral, testimoniales colectadas, descargos efectuados y demás consideraciones, este HTD decide:

1) Aplicar pena de suspensión por el lapso de ocho (8) partidos al jugador  Franco Antonellini, Carnet N° 1.888, de acuerdo a lo normado en el art. 108 inc."B" del CP.- DE acuerdo al art. 41 "h" y 42 CP, el jugador en cuestión deberá purgar pena de 12 fechas de suspensión.-

2) Aplicar al jugador: Miguel Andres,  Carnet  N° 38282758, pena de suspensión por el lapso de ocho (8) partidos, de acuerdo a lo normado en el art. 108 inc."B" del CP.-

3) Aplicar a ambos jugadores MULTA  de 5 AJC.-

4) Aplicar al Sr. Agustín Zanni, Carnet N° 1896, dos (2) partidos de suspensión, de acuerdo a lo normado en el art. 107 y ccds del Cp.- Aplicar MULTA  de 2 AJC.-

5) Aplicar al entrenador de Centenario FC, Osvaldo Vilariño,  pena de suspensión por el lapso de dos partidos (2) y MULTA DE 3 AJC, art. 107 y ccds del Cp y ccds.-

6) Aplicar al club Centenario FC pena de MULTA de de 8 (ocho) AJC por lo normado en el art. 60 B4, C1, 2 CCds y SStes del CP.-

7) Aplicar pena de INHABILITACION para los dirigentes Sr. Matías Carpignano y Patricio Dimmer (Mal consignado en el informe arbitral al Sr. Tomas Boyle), por el lapso de dos meses, de acuerdo a lo normado en el art. 77 y ccds. del CP.-

Se hace saber a los clubes que se prohíbe la venta de alcohol en las canchas, y será la autoridad policial la encargada de inspeccionar y velar por que esa normativa sea cumplida, todo ello en coincidencia con la Ley 20.655 y ccds.-


 

RESOLUCIÓN Nº 04/2017
De fecha: 20/03/17

Pedido de conmutación de la pena de suspensión de la cancha de Club Peñarol de Elortondo.-

Resolución:

Hacer lugar al pedido del Club Peñarol de Elortondo de dar por cumplida la suspensión de su cancha.

 


RESOLUCIÓN Nº 05/2017
De fecha: 23/03/17

Pedido de conmutación de la pena de 1 fecha de suspensión por Multa de 2 AJC al jugador Agustín Zanni de Centenario F.C.-

Resolución:

Hacer lugar al pedido de Centenario FC de conmutar la pena de 1 (una) fecha de suspensión por 2 aranceles AJC.-


 

 RESOLUCIÓN Nº 06/2017

De fecha: 25/03/17

Partido: OLIMPIA vs CENTENARIO – U15

Autoridad informante: Mariela Molina

Informados: Sr. Molina y Sr. Sacramone

Resolución: Atento informe arbitral y tomando en cuenta los descargos, este HTD decide:

Aplicar a los simpatizantes informados,  pena de suspensión por el término de un (1) mes para acudir a cualquier espectáculo organizado por la AVBB de acuerdo a lo normado en el art. 82 inc. A, B y  ccds del C.P.


 

 RESOLUCIÓN Nº 07/2017

De fecha: 28/03/17

Partido: OLIMPIA vs CENTENARIO – U15

Autoridad informante: Walter Tappia

Informado: Mariano Barrionuevo – Club Centenario

Resolución: Atento informe arbitral y tomando en cuenta los descargos, este HTD decide:

Aplicar al jugador en cuestión la pena de suspensión por el término de 2 (dos) partidos de acuerdo a lo normado en el art. 82 inc. B y ccds del C.P.


 

 RESOLUCIÓN Nº 08/2017

De fecha: 28/03/17

Partido: INDEPENDIENTE vs  ARGENTINO –  U19

Autoridad informante: Celano -  Longhi

Informado:  El Club Argentino de Firmat no se presentó al partido.-

Resolución: Atento informe arbitral y tomando en cuenta los descargos, este HTD decide:

Pasar la sanción a Consejo Directivo, ya que el reglamento de esta Asociación prevee dicha sanción.-


 

RESOLUCIÓN Nº 09/2017

De fecha: 22/04/17

Partido: C.CIUDAD VS. FIRMAT FBC - U19

Autoridad informante: Ronzani y Pessarello

Informados: Entrenador Club Ciudad Sr. Mariano Bozzoni –

Simpatizantes del Firmat FBC Sres Nebbia y Abal.-

Resolución: Atento informe arbitral y tomando en cuenta los descargos, este HTD decide:

1) Aplicar al Sr Mariano Bozzoni, Entrenador del Club Ciudad la suspensión por el término de 1 (un) partido y 1 Multa de acuerdo a lo normado en art. 105 del C.P.
2) Aplicar a los simpatizantes Nebbia y Abal del Firmat FBC pena de suspensión para acudir a cualquier evento organizado por la AVB de acuerdo a lo normado en el art 82 y ccds  del C.P., por el término de dos (2) meses.-


 

 RESOLUCIÓN Nº 10/2017

De fecha: 13/05/17

Partido: CLUB CIUDAD vs. ARGENTINO FIRMAT - U19

Autoridad informante: Tappia - Suarez

Informado: Jugador I. Bustos  del Club Argentino Firmat

Resolución: Atento informe arbitral y tomando en cuenta los descargos, este HTD decide:

Aplicar al jugador Nº 9 del Club Argentino de Firmat  la pena de un (1) partido de suspensión y 3 AJC de multa atento a lo normado en el art. 156 y 55 CCDS del C.P.


 

 RESOLUCIÓN Nº 11/2017

De fecha: 16/05/17

Partido: PEÑAROL  VS. ATLETICO ELORTONDO – Primera División

Autoridad informante: Sayago – Krausse

Informado: Simpatizante del Club Atletico de Elortondo, Sr Daniel Ibañez.-

Resolución: Atento informe arbitral y testimoniales colectadas, este HTD decide:

Aplicar al Sr. Daniel Ibañez simpatizante del Club Atletico de Elortondo la pena de seis  (6) meses para presenciar cualquier evento  organizado por la AVB más 3 AJC de multa, según art. 83 y ccds  del C.P.


 

 RESOLUCIÓN Nº 12/2017

De fecha: 19/05/17

Partido: OLIMPIA vs. INDEPENDIENTE – Primera División

Autoridad informante: Mario Longhi

Informado: Jugador A. Fermani del Club Independiente Chañar Ladeado.-

Resolución: Atento informe arbitral y tomando en cuenta los descargos, este HTD decide:

Aplicar al jugador A. Fermani del Club Independiente Chañar Ladeado la pena de dos (2) partidos de suspensión y 3 AJC de multa atento a lo normado en el art. 156 y 55 CCDS del C.P.


 

 RESOLUCIÓN Nº 13/2017

De fecha: 25/05/17

Partido: OLIMPIA vs. CLUB CIUDAD  – U17

Autoridad informante: Mario Longhi – Luis Celano

Informado: Entrenador del Club Ciudad Mariano Bozzoni.-

Resolución: Atento informe arbitral, este HTD decide:

Aplicar al Entrenador del Club Ciudad Mariano Bozzoni la pena de tres (3) partidos de suspensión y multa de 3 AJC de acuerdo a lo normado en el art. 156, 157 y  CCDS del C.P.


 

RESOLUCIÓN Nº 14/2017

De fecha: 19/06/17

Partido: PEÑAROL vs. C.CIUDAD – Primera División

Autoridad informante: Sayago - Longhi

Informado: Simpatizante Mariano Vargas del Club Peñarol Elortondo

Resolución: Atento informe arbitral y tomando en cuenta los testimonios, video del partido, este HTD decide:

1) Aplicar al simpatizante Mariano Vargas del Club Peñarol Elortondo la suspensión por el término de 2 (dos) meses para acudir a cualquier espectáculo organizado por AVB, de acuerdo a lo normado en art. 82 inc. A, C, D y CCDS del C.P.

2) Aplicar pena de MULTA de 2 AJC al Club Peñarol Elortondo de acuerdo a lo nombrado en el art. 60  inc. 1, 2 y CCDS del C.P.


 

 RESOLUCIÓN Nº 15/2017

De fecha: 28/06/17

Partido: ATLETICO ELORTONDO vs. C.CIUDAD – U 19

Autoridad informante: Sayago - Longhi

Informado: Jugador de Atlético Elortondo Francisco Pericich

Resolución: Atento informe arbitral y tomando en cuenta los descargos, este HTD decide:

Aplicar al jugador Francisco Pericich del Club Atlético Elortondo la pena de un (1) partido de suspensión y 5 AJC de multa atento a lo normado en el art. 156 y 55 CCDS del C.P.


 

 RESOLUCIÓN Nº 16/2017

De fecha: 29/06/17

Partido: I.A.C. vs. FIRMAT F.B.C. – Primera División

Autoridad informante: Celano - Benedetti

Informados: D.T. del Club Firmat FBC, Sr. Hugo Miraglia –

Simpatizantes: Sr. Durany del Club Firmat FBC y Sr. Petrelli del I.A.C.

Resolución: Atento informe arbitral y tomando en cuenta los testimonios, video del partido, este HTD decide:

  • Aplicar al Sr Hugo Miraglia, la pena de suspensión de dos (2) partidos y multa de cinco (5) AJC, de acuerdo a lo normado en el art. 106 inc. E y CCDS del C.P.
  • Aplicar al simpatizante del Firmat FBC, Sr. Durany, la pena de suspensión de dieciocho (18) meses, para cumplir cualquier actividad de mesas de Control, ya que existe expte. anterior de fecha 30/11/2015. Dicho Sr. no puede acceder a ningún espectáculo organizado por la AVB en el tiempo inducido; ello de acuerdo al Art 95 inc. D del y CCDS del C.P.
  • Aplicar a Firmat F.B.C., la multa de seis (6) AJC, de acuerdo a lo normado en el Art 60 inc B pto 4 del y CCDS del C.P, por la conducta del Sr. Petrelli, dirigente de dicha entidad.-

 

 RESOLUCIÓN Nº 17/2017

De fecha: 02/07/17

Partido: FIRMAT F.B.C. vs. I.A.C.  – Primera División

Autoridad informante: García - Arias

Informados: Club Firmat FBC

Resolución: Atento informe arbitral y tomando en cuenta los testimonios y video del partido, este HTD decide:

  • Aplicar al Club Firmat FBC la clausura de la cancha, por el lapso de tres (3) partidos, de acuerdo a lo normado en el art. 62 y CCDS del C.P.
  • Aplicar al mismo Club la multa de diez (10) AJC, de acuerdo a lo normado en el Art. 60 inc B pto 1, Art. 60 inc C pto 1 y 2 y CCDS del C.P.

 

 RESOLUCIÓN Nº 18/2017

De fecha: 11/07/17

Pedido de conmutación de la pena de tres (3) fechas de clausura de la cancha del Firmat FBC.-

Resolución:

Hacer lugar al pedido de Firmat FBC de conmutar la pena de tres (3) fechas de clausura de la cancha por 12,5 AJC de aranceles.-


 

 RESOLUCIÓN Nº 19/2017

De fecha: 19/08/17

Partido: C.CIUDAD  vs. ATENAS – U 19

Autoridad informante: Ronzani

Informado: Jugador de Club Ciudad, Sr. Emiliano De Luz

Resolución: Atento informe arbitral y tomando en cuenta los descargos, este HTD decide:

Aplicar al jugador Emiliano De Luz del Club Ciudad, la pena de tres (3) partidos de suspensión y 3 AJC de multa atento a lo normado en el art. 106 inc. E; Art 107 inc. G y CCDS del C.P.


 

 RESOLUCIÓN Nº 20/2017

De fecha: 20/08/17

Partido: ATLETICO ELORTONDO  vs. I.A.C. – Primera División

Autoridad informante: Benedetti - Longhi

Informado: Dirigente de  I.A.C., Sr. German Merlo.-

Resolución: Atento informe arbitral y tomando en cuenta los descargos, este HTD decide:

Aplicar al Dirigente de  I.A.C., Sr. German Merlo, la pena de un (1) mes de suspensión para cumplir sus funciones y dos (2) AJC de multa, atento a lo normado en el Art. 77  inc. A y CCDS del C.P.


RESOLUCIÓN Nº 21/2017

De fecha: 17/09/17

Partido: ATENAS  vs. ARGENTINO FIRMAT – Primera División

Autoridad informante: Sayago - Benedetti

Informado: Jugador de  C.A. Argentino Firmat, Sr. Franco Fogolín.-

Resolución: Atento informe arbitral y tomando en cuenta los descargos, este HTD decide:

Aplicar al Jugador de  C.A. Argentino Firmat, Sr. Franco Fogolín, la pena de cuatro (4) partidos de suspensión y cuatro (4) AJC de multa atento a lo normado en el Art. 107  inc. G  CCDS del C.P.


RESOLUCIÓN Nº 22/2017

De fecha: 29/09/17

Partido: CENTENARIO FBC. vs. C. CIUDAD  – Primera División

Autoridad informante: Zuliani - Longhi

Informados: Simpatizantes del Club Ciudad, Sr. Lucio Ulagnero, Sr. Cifré y Sr. Matías Savino.-

Resolución: Atento informe arbitral, descargo del Club imputado, testimonios recabados y demás consideraciones, este HTD decide:

  • Aplicar al Club Ciudad pena de Clausura de Cancha, en su condición de local, por el tiempo de quince (15) fechas. Podrá a elección del Club infractor, jugar sus partidos en un radio mayor de 50 km ó jugar en otro de club de nuestra ciudad SIN PARCIALIDAD LOCAL, a excepción de cinco (5) dirigentes debidamente acreditados.-
  • Aplicar al Club Ciudad la pena de multa de veinte (20) AJC, todo de acuerdo a los normado en los Art. 62 CCDS y SS del CP.-
  • Simpatizante Lucio Ulagnero; al poseer una suspensión anterior y la cual NO fue acatada, se hace saber que al Club que permita la entrada del simpatizante en cuestión, será pasible de pena prevista en el Art. 60 inc. B, pto. 1 del CP.-
  • Simpatizante Sr. Cifré: Aplicar la pena de EXPULSIÓN, para presenciar cualquier espectáculo organizado por la AVB, de acuerdo a lo normado en el Art. 83 CP.-
  • Simpatizante Matías Savino: Aplicar la pena de suspensión por el término de tres (3) meses, para presenciar cualquier espectáculo organizado por la AVB, de acuerdo a lo normado en el Art. 82 y 83 CP.-

RESOLUCIÓN Nº 23/2017

De fecha: 29/09/17

Partido: OLIMPIA BBC vs. PEÑAROL ELORTONDO  – Primera División

Autoridad informante: Sayago - Ronzani

Informado:  Club Olimpia BBC – Consumo de alcohol

Resolución: Atento informe arbitral y tomando en cuenta los descargos, este HTD decide:

Aplicar al Olimpia BBC la pena de multa de cuatro (4) AJC, todo de acuerdo a lo normado en los Art. 60 y 55  CCDS y SS del CP.-


RESOLUCIÓN Nº 24/2017

De fecha: 29/09/17

Partido: FIRMAT FBC vs. SPORTSMAN VILLA CAÑAS  – Primera División

Autoridad informante: Musimano - Pereyra

Informados: Jugador del Club Sportsman, Sr. E.Montoli y Simpatizante de FIRMAT FBC, Sr. L. Petrelli

Resolución: Atento informe arbitral, este HTD decide:

  • Aplicar al jugador del Club Sportsman, Sr. E.Montoli, la pena de suspensión de cuatro (4) fechas, pero atento a ser reincidente, debe purgar siete (7) fechas de suspensión y multa de cuatro (4) AJC, de acuerdo al Art.41 inc. H, Art. 42 inc. A y CCDS y SS del CP.-
  • Aplicar a Firmat FBC la pena de multa de diez (10) AJC de acuerdo a lo normado en el Art. 60 inc. B pto. 1, y se deberá tener en cuenta que el Sr. Petrelli, ya se encontraba informado en fecha 29/06/17. Próximo hecho de similares características este HTD tomará y sancionará al Club con mayores penas.-

 RESOLUCIÓN Nº 25/2017

De fecha: 01/10/17

Partido: I.A.C. vs. SPORTSMAN VILLA CAÑAS  – Primera División

Autoridad informante: Benedetti

Informado:  Jugador de I.A.C., Sr. Leonardo Ghergo.-

Resolución: Atento informe arbitral y tomando en cuenta los descargos, este HTD decide:

Aplicar al Jugador de  de I.A.C., Sr. Leonardo Ghergo, la pena de tres (3) partidos de suspensión y multa de dos (2) AJC , de acuerdo a lo normado en el Art. 107  inc. G  CCDS del C.P.


RESOLUCIÓN Nº 26/2017

De fecha: 23/10/17

Partido: ATLETICO ELORTONDO vs. FIRMAT FBC  – U 17

Autoridad informante: Benedetti - Ronzani

Informado:  Entrenador Atlético Elortondo – Sr. Marcelo Pericich

Resolución: Atento informe arbitral y tomando en cuenta los descargos, este HTD decide:

Aplicar al Entrenador  del Club Atlético Elortondo, Sr. Marcelo Pericich, la pena de tres (3) partidos de suspensión y multa de cuatro (4) AJC , de acuerdo a lo normado en el Art. 106  inc. E y  CCDS del C.P.


 

 RESOLUCIÓN Nº 27/2017

De fecha: 28/10/17

Pedido de conmutación de la pena de 1 fecha de suspensión por Multa de 2 AJC al Entrenador  del Club Atlético Elortondo, Sr. Marcelo Pericich

Resolución:

Hacer lugar al pedido de Entrenador  del Club Atlético Elortondo, Sr. Marcelo Pericich de conmutar la pena de 1 (una) fecha de suspensión por 2  aranceles.-


 

RESOLUCIÓN Nº 28/2017

De fecha: 30/10/17

Partido: CENTENARIO FBC  vs. PEÑAROL ELORTONDO  – U 15

Autoridad informante: Pessarello

Informado:  Jugador del Club Peñarol de Elortondo – Sr. Tissera, Daniel

Resolución: Atento informe arbitral y tomando en cuenta los descargos, este HTD decide:

Aplicar al Jugador del Club Peñarol de Elortondo, Sr. Daniel Tissera, la pena de tres (3) partidos de expulsión y multa de dos (2) AJC , de acuerdo a lo normado en el Art. 106  inc. E y  CCDS del C.P.


 

 RESOLUCIÓN Nº 29/2017

De fecha: 07/11/17

Partido: CENTENARIO FBC vs. CLUB CIUDAD  – U 15

Autoridad informante: Ronzani - Molina

Informados: Jugador del Centenario FBC, Sr Ulman y el jugador del Club Ciudad, Sr. Guzman.-

Resolución: Atento informe arbitral y demás consideraciones, este HTD decide:

  • Aplicar al jugador del Club Ciudad, Sr. Guzman, la pena de suspensión de dos (2) fechas, y multa de una (1) AJC, de acuerdo al Art.105 inc. G  y CCDS del CP.-
  • Aplicar al Jugador del Centenario FBC, Sr Ulman la pena de suspensión de un (1) fecha, y multa de tres (3) AJC, de acuerdo al Art.105 inc. G  y CCDS del CP.-

 

 RESOLUCIÓN Nº 30/2017

De fecha: 10/11/17

Partido: OLIMPIA BBC vs. ARGENTINO DE FIRMAT  – U 17

Autoridad informante: Ronzani - Pessarello

Informados: Jugadores del Olimpia BBC, Sres. Rodríguez y Gimenez. Entrenador del Olimpia BBC, Sr. Andrés Rodríguez. Simpatizante del Olimpia BBC, Sra de Magnabosco.-

Resolución: Atento informe arbitral, este HTD decide:

  • Aplicar al Entrenador de Olimpia BBC, Sr. Andrés Rodríguez, la pena de suspensión de seis (6) fechas, y multa de seis (6) AJC, de acuerdo al Art.107 y CCDS del CP.-
  • Aplicar al Jugador de Olimpia BBC, Sr. Rodríguez, la pena de suspensión de dos (2) fechas, y multa de una (1) AJC,  de acuerdo al Art.105 inc. G  y CCDS del CP.-
  • Aplicar a la Simpatizante de Olimpia BBC, Sra. de Magnabosco, la pena suspensión de dos (2) fechas.-
  • Aplicar al Jugador de Olimpia BBC, Sr. Gimenez, la pena de suspensión de una (1) fecha., y multa de una (1) AJC,  de acuerdo al Art.107  y CCDS del CP.-

 RESOLUCIÓN Nº 32/2017

De fecha: 17/11/17

Pedido de conmutación de la pena de suspensión por Multa de 2 AJC al Entrenador  de Olimpia BBC, Sr. Andrés Rodríguez.-

Resolución:

Hacer lugar al pedido del Entrenador  de Olimpia BBC, Sr. Andrés Rodríguez, de conmutar la pena de suspensión por 2 aranceles, los cuales deberán ser cancelados antes de disputados los encuentros futuros.-


 RESOLUCIÓN Nº 33/2017

De fecha: 10/11/17

Partido: CLUB CIUDAD vs. FIRMAT FBC – U 17

Autoridad informante: Ronzani - Pessarello

Informados:  Simpatizantes de Firmat FBC,  Sras. Cardinalli, M. y  Stancich y los Sres. Pionsi, S. y Stancich.-

Resolución: Atento informe arbitral, este HTD decide:

  • Aplicar a las Simpatizantes de Firmat FBC, Sras Stancich y M. Cardinalli, la pena de suspensión de doce (12) meses, de acuerdo a lo normado por CCDS del CP.-
  • Aplicar a los Simpatizantes de Firmat FBC, Sres. Pionsi, S. y Stancich.  la pena de Expulsión, de acuerdo a lo normado en los Art. 82 inc C y D y Art 83 inc. B  y CCDS del CP.-

 


RESOLUCIÓN Nº 35/2017

De fecha: 20/11/17

Partido: PEÑAROL ELORTONDO  vs. OLIMPIA BBC – U 13

Autoridad informante: Benedetti, Gerardo 

Informado:   Sr. Andrés Rodríguez, Entrenador de Olimpia BBC.-

Resolución: Atento informe arbitral, este HTD decide:

  • Aplicar al Entrenador del Olimpia BBC, la pena de suspensión por el lapso de 3 meses para acudir a cualquier espectáculo organizado por la AVB, atento a lo normado en el Art 82 inc D CCDS y 56 del CP y una multa de una (1) AJC.-

Deberá cumplirse con lo ordenado en el Art 14 inc a) 1 del CP.-

 


 

RESOLUCIÓN Nº 36/2017

De fecha: 24/11/17

Partido: C.CIUDAD  vs. FIRMAT  BBC – U 19

Autoridad informante: Benedetti, Gerardo 

Informado:   Sr. Mariano Bozzoni, Entrenador del Club Ciudad. Simpatizantes del Club Ciudad, Sr. Zapata, Crego y Bogino.-

Resolución: Atento informe arbitral, testimonios y descargos, este HTD decide:

  • Aplicar al Sr. Walter Zapata la pena de suspensión para desempeñarse en su cargo por el lapso de cinco (5) meses, de acuerdo a lo normado y CCDS del CP. La pena tendrá los alcances de lo normado en el Art 14 inc A pto 1 del CP.
  • Aplicar a los Sres. Carlos Crego y Sr. Bogino la pena de suspensión por el lapso de tres (3) meses.-
  • Aplicar al entrenador Sr. Mariano Bozzoni, la pena de suspensión por el lapso de cuatro (4) partidos, de acuerdo a lo normado en el art 107 y CCDS del CP y pena de multa de tres (3) AJC.-

 


 RESOLUCIÓN Nº 37/2017

De fecha: 26/11/17

Partido: SPORTSMAN V. CAÑAS vs. ARGENTINO FIRMAT – Primera División 

Autoridades informantes: Barbich,A, Petroni, J.M, Arribas M y Molina Mariela.-

Informados:   Simpatizante  del Club Sportsman de Villa Cañas, Sr. Barolich, Fernando

Resolución: Atento informe de la Comisionada, que por cuestión de jerarquía es superior y siempre de acuerdo a lo normado por el Art 9 CP y luego de proceder a la lectura de los descargos y testimonios colectados,  este HTD decide:

  • Aplicar la pena de clausura de cancha por el lapso de tres (3) partidos y multa de cuatro (4) AJC de acuerdo a lo normado en el art 60, 61 del CCDS y  Art 55 del CP
  • Aplicar al simpatizante Sr. Fernando Barolich, la pena de suspensión por el lapso de doce (12) meses para participar y/o acudir a cualquier espectáculo organizado por la AVB, atento a lo normado en el art 82 del CP.-

 

 

 

 

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